MARTES 20 DE DICIEMBRE FERIADO NACIONAL

«…a fin de que el  pueblo argentino pueda expresar su más profundo contento con la selección nacional, y pronunciarse en favor del deporte y la patria…»

EL PRESIDENTE DECRETO FERIADO NACIONAL
Decreto 382/2022
DECNU-2022-382-APN-PTE – Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2022
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el día 18° de diciembre de 2022, la Selección Argentina en representación de este país ha
ganado el mundial de futbol celebrado en QATAR.
Que en virtud de lo expuesto corresponde declarar feriado nacional el día 20 de diciembre de 2022 a fin de que el  pueblo argentino pueda expresar su más profundo contento con la selección nacional, y pronunciarse en favor del deporte y la patria.
Que asimismo corresponde instruir a los distintos organismos para que implementen las medidas pertinentes a fin de mantener las guardias necesarias a efectos de preservar la continuidad de los servicios esenciales.
Que la Ley N° 26.122, regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.
Que el artículo 22 de la Ley N° 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la Carta Magna.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase feriado nacional el día 20 de diciembre de 2022 a fin de que el pueblo argentino pueda expresar su más profundo contento con la selección nacional, y pronunciarse en favor del deporte y la patria.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas pertinentes a fin de mantener las guardias necesarias a efectos de preservar la continuidad de los servicios esenciales.
ARTÍCULO 3°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ – Juan Luis Manzur – Eduardo Enrique de Pedro – Santiago Andrés Cafiero – Jorge Enrique Taiana – Sergio Tomás Massa – Alexis Raúl Guerrera – Gabriel Nicolás Katopodis – Martín Ignacio Soria – Aníbal Domingo Fernández – Carla Vizzotti – Juan Zabaleta – Elizabeth Gómez Alcorta – Jaime Perczyk – Tristán Bauer – Daniel Fernando Filmus – Claudio Omar Moroni – Juan Cabandie – Matías Lammens – Jorge Horacio Ferraresi
e. 19/12/2022 N° 89376/22 v. 19/12/2022
Fecha de publicación 19/12/2022

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